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Artículo UNICO de la Ley 3.580 · Lei num. 3,580, que suplementa el presupuesto de marina.

Lei num. 3,580, que suplementa el presupuesto de marina.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24087 / 7166843.

Texto oficial

Artículo único.- Concédese un suplemento de un millon de pesos ($ 1.000,000) al ítem 133 del Presupuesto de Marina vijente. Esta suma se deducirá del mayor recargo que se obtenga por internacion.