Texto oficial
Artículo único.- Concédese un suplemento de un millon de pesos ($ 1.000,000) al ítem 133 del Presupuesto de Marina vijente.
Esta suma se deducirá del mayor recargo que se obtenga por internacion.
Lei num. 3,580, que suplementa el presupuesto de marina.
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24087 / 7166843.