Texto oficial
DECIMATERCERA:
Dentro del plazo de 180 días contado desde el 23 de
Enero de 1970, fecha de publicación de la Ley Nº 17.284,
sobre reforma constitucional, una ley especial reglamentará
la inscripción de los analfabetos en los registros
electorales y la forma en que emitirán su sufragio. (37)
(37) Esta disposición corresponde al artículo 2º
transitorio de la Ley Nº 17.284, de 23 de Enero de 1970,
sobre Reforma Constitucional.