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Artículo 1 de la Ley 3.610

Lei núm. 3,610, que aprueba el proyecto de presupuesto de gastos de la nacion para el año 1920 i autoriza el cobro del impuesto adicional sobre la contribucion de haberes.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24112 / 7166882.

Texto oficial

Artículo 1.° Autorízase al Presidente de la República para cobrar durante el año de 1920 el impuesto adicional de dos por mil que puede exijirse en conformidad a lo dispuesto en el artículo 29 de la lei número 3,091, de 5 de Abril de 1916, que establece la contribucion de haberes; i el impuesto adicional de uno por mil sobre los valores mobiliarios a que se refieren los artículos 41 i 42 de la citada lei.