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Artículo UNICO de la Ley 3.615 · Lei núm. 3,615, que concede derecho a jubilar a don alfredo prieto zenteno.

Lei núm. 3,615, que concede derecho a jubilar a don alfredo prieto zenteno.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24116 / 8276532.

Texto oficial

Artículo único.- Concédese, por gracia, al Administrador del Agua Potable de Santiago, don Alfredo Prieto Zenteno, derecho a jubilar con una pension igual al sueldo asignado a su empleo, cuyo monto se consultará anualmente en el presupuesto de dicha Empresa.