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Artículo UNICO de la Ley 3.622 · Lei núm. 3,622, que concede fondos para el pago de;conduccion de correspondencia.

Lei núm. 3,622, que concede fondos para el pago de;conduccion de correspondencia.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24120 / 8276553.

Texto oficial

Artículo único.- Autorízase al Presidente de la República para invertir la suma de setenta i nueve mil setecientos catorce pesos, trece centavos ($ 79,714.13) en el pago de los contratos de la conduccion de correspondencia i de correos estraordinarios i valijeros.