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Artículo 4 de la Ley 3.623

Lei num. 3,623, que concede a la junta de beneficencia de concepcion ciertos terrenos fiscales.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24121 / 8276559.

Texto oficial

Art. 4.° Autorízase a dicha Junta para que pueda vender directamente a terceros, prefiriéndose a los propietarios colindantes, la porcion de terreno a que se refiere el artículo anterior, como asimismo, el suelo comprendido entre el antiguo camino i la prolongacion actual de la Avenida Irarrázaval. Cédese gratuitamente a la Municipalidad de Concepcion, la parte de terreno en que actualmente se construye el Matadero Modelo.