Texto oficial
Artículo único.- Autorízase al Presidente de la República para invertir hasta la suma de treinta i cuatro mil pesos ($ 34,000) en pagar al personal de Instrucci�n Primaria del Ejército las gratificaciones de alojamiento de que quedó insoluto en el año próximo pasado por la insuficiencia del ítem 131 del Presupuesto de Guerra del mismo año.