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Artículo 7 transitorio del Decreto 323

Ley orgánica de la corporacion de obras urbanas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 241361 / 7322625.

Texto oficial

Artículo 7º- La Corporación de Obras Urbanas comenzará a ejercer sus funciones el 1º de Septiembre de 1968.