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Artículo UNICO de la Ley 3.652 · Lei num. 3,652, que concede una gratificacion al personal del cuerpo diplomatico.

Lei num. 3,652, que concede una gratificacion al personal del cuerpo diplomatico.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24145 / 5956472.

Texto oficial

Artículo único.- Concédese, por el año 1920, una asignacion estraordinaria del treinta por ciento (30%) sobre su sueldo anual a los empleados diplomáticos enumerados en la partida 3.a del Presupuesto de Relaciones Exteriores.