Texto oficial
Art. 2.° Autorízase al Presidente de la República para invertir la suma de $ 100,000 en los gastos que demande su cumplimiento.
Esta lei rejirá desde su publicacion en el Diario Oficial.
Lei num. 3,655, que prorroga los efectos de la lei que prohibe la manifestacion de sustancias mnerales por particulares en terrenos fiscales o municipales que tengan nitratos o de sales amoniacales.
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24147 / 5956605.