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Artículo UNICO de la Ley 3.671

Lei 3,671, que autoriza la adquisicion de una propiedad a la sucesion del doctor don ernesto samit.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24163 / 5956656.

Texto oficial

Artículo único.- Autorízase al Presidente de la República para adquirir por un precio que no exceda de setenta i cinco mil pesos ($75,000) la propiedad ubicada en la calle Santo Domingo esquina Nor-oriente con Cruchaga-Montt de esta ciudad, perteneciente a la Sucesion del doctor Ernersto Samit. El gasto se deducirá de las sumas que se espresan, que quedarán sin invertir en el presente año en los siguientes ítem del Presupuesto de Instrucci�n Pública vijente: ítem 2,451, treinta mil pesos; ítem 2,456, cinco mil pesos; ítem 2,474, diez mil pesos; ítem 2,887, veinte mil pesos, e ítem 2,890 diez mil pesos.