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Artículo UNICO de la Ley 3.691

Lei num. 3,691, que concede un suplemento al presupuesto de instrucción publica para pagar sus premios al profesorado.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24176 / 7167108.

Texto oficial

Artículo único.- Concédese un suplemento de seiscientos mil pesos ($ 600,000) al ítem 2,325, partida 16 del Presupuesto de Instrucción Pública vijente, que consulta fondos para pagar a los rectores i profesores de instruccion secundaria, superior, comercial i especial los premios que les correspondan en conformidad a lo dispuesto en el artículo 44 de la lei de 9 de Enero de 1879, i tomando como base el sueldo de que hubieren gozado en el año anterior. Se podrán cargar al referido ítem las sumas que correspondan a premios devengados en años anteriores.