Texto oficial
I. Distribución de demandas y gestiones judiciales:
1.- A partir del 1º de octubre del año 2005 todas
las demandas y gestiones judiciales cuyo
conocimiento corresponda a los Juzgados de
Familia de San Miguel deberán ser ingresadas a
través del Sistema de Distribución de Causas
disponibles en la Unidad de Atención de Público
Común de que se dotará a los propios tribunales.
2.- Para estos efectos, se antepondrán al texto de la
suma los datos que siguen:
1) Tipo de procedimiento que corresponda al juicio.
2) Materia del pleito o gestión.
3) Nombre completo del o de los demandantes o
peticionarios con el número de RUT o Cédula de
Identidad Nacional de cada uno.
4) Nombre completo del abogado patrocinante con su
número de RUT.
5) Nombre del o de los apoderados con el número de
RUT o Cédula de Identidad Nacional de cada uno.
6) Nombre completo del o de los demandados con el
número de RUT o Cédula de Identidad si fuere
conocido.
Adicionalmente, al momento de entregarse los antecedentes a distribución se deberá acompañar o exhibir cédula de identidad o RUT en original o fotocopia de la parte demandante o solicitante, en su caso.
3.- La Corporación Administrativa del Poder Judicial
suministrará soporte y aplicaciones informáticas
para la implementación del sistema de distribución
de causas, el cual será operado por la Unidad de
Atención de Público Común a los mencionados
Tribunales.
4.- La Unidad de Atención de Público Común se
conformará por personal de la unidad de atención
de público de los juzgados involucrados, conforme
a sistema de turno o destinación acordados por los
Jueces Presidentes de los mismos a propuesta de
los respectivos Administradores del Tribunal.
5.- Las dependencias físicas de la Unidad de Atención
de Público Común se instalarán de modo de contener
el ingreso de público a las dependencias mismas
del Primer y Segundo Juzgado de Familia de San
Miguel.
6.- Serán tareas de la Unidad de Atención de Público
Común:
a) Distribuir demandas y gestiones judiciales, en su
caso.
b) Levantar acta de las demandas orales que se
formularen.
c) Orientar en la presentación de escritos a los
intervinientes.
d) Suministrar información general acerca de los
tribunales de familia (funciones, composición,
funcionamiento, horarios de atención y teléfonos.)
e) Suministrar información general acerca de los
organismos vinculados con los Tribunales de
Familia (Corporación de Asistencia Judicial,
Fundación de Asistencia Legal de la Familia,
Sistema de Mediación).
f) Recibir documentos y escritos que no estuvieren
dirigidos a un Tribunal determinado y distribuirlo
entre las unidades respectivas.
g) Mantener actualizada la información del fichero o
de cualquier otro medio establecido por el
Tribunal con el fin de orientar e informar a los
usuarios externos e internos.
h) Mantener el buzón de sugerencias y reclamos y
entregar los formularios respectivos al público
que los solicite.
II. Ingreso de causas sobre violencia intrafamiliar y medidas de protección:
Las causas sobre violencia intrafamiliar y medidas de protección serán conocidas por el Primer y Segundo Juzgado de Familia de San Miguel conforme a un turno, iniciándose éste cada año en el orden de numeración de los tribunales, por períodos semanales.