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Artículo UNICO de la Ley 15.818 · Concede pension, por gracia, a doña maria lastenia baeza herrera

Concede pension, por gracia, a doña maria lastenia baeza herrera

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 241821 / 6539407.

Texto oficial

Artículo único.- Concédese, por gracia, a doña María Lastenia Baeza Herrera una pensión mensual de Eº 100. El mayor gasto que demande la aplicación de la presente ley, se imputará al ítem de pensiones del presupuesto del Ministerio de Hacienda.