Saltar al contenido

Artículo UNICO de la Ley 15.800 · Aumenta, por gracia, la pension de doña maria salome cisternas puentes

Aumenta, por gracia, la pension de doña maria salome cisternas puentes

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 241824 / 6539416.

Texto oficial

Artículo único.- Auméntase, por gracia, a cincuenta escudos (Eº 50) mensuales la pensión de que disfruta doña María Salomé Cisternas Puentes, ex practicante del Dispensario Fiscal de Coelemu, por ley N.o 10.599, de 17 de Octubre de 1952. El mayor gasto que importe la aplicación de la presente ley se imputará al ítem respectivo de pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.