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Artículo UNICO de la Ley 15.814 · Concede pension, por gracia, a don guillermo arellano moraga

Concede pension, por gracia, a don guillermo arellano moraga

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 241839 / 6539461.

Texto oficial

Artículo único.- Concédese, por gracia, a don Guillermo Arellano Moraga una pensión de Eº 75 mensuales, de la que disfrutará sin perjuicio de la que actualmente percibe. El gasto que demande la presente ley se imputará al ítem de pensiones del presupuesto del Ministerio de Hacienda.