Texto oficial
Artículo 13º.- El Consejo, a través de la
Secretaría o del Director(a) Regional del Consejo Nacional
de la Cultura y las Artes, en su caso, entregará
orientación e información a quienes lo requieran, para
facilitarles su postulación a los concursos y propenderá a
proveer a las y los postulantes de medios electrónicos que
les permitan su postulación, así como conocer el estado de
avance y evaluación final del proyecto.