Texto oficial
Artículo único.- Concédese un suplemento de diez mil pesos ($ 10,000) al ítem 242 de la partida 11 del Presupuesto de Guerra vijente.
El gasto se deducirá de la mayor entrada de los derechos de esportacion del salitre.
Lei núm. 3,717, que suplementa el presupuesto de;guerra
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