Saltar al contenido

Artículo 2 transitorio de la Ley 3.724 · Lei num. 3,724, que fija impuesto al tabaco, cigarros i cigarrillos.

Lei num. 3,724, que fija impuesto al tabaco, cigarros i cigarrillos.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24203 / 7167200.

Texto oficial

Art. 2.° Completarán el pago del impuesto fijado por la presente lei todos los artículos gravados que existan en las fábricas, almacenes o dépositos, a la fecha en que entre en vigor, debiendo cubrirse la diferencia entre el impuesto establecido por las leyes anteriores i el que ahora se fija, por medio de nuevas fajas.