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Artículo 3 de la Ley 3.725

Lei num. 3,725, que fija la planta i los sueldos de los empleados de la direccion jeneral de impuestos internos.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24204 / 5956826.

Texto oficial

Art. 3.° Los viáticos al personal de esta Direccion se pagarán en la siguiente forma: Quince pesos diarios a los que tengan sueldos inferiores a diez mil pesos; Dieciocho pesos diarios a los que tengan sueldos de diez mil a quince mil pesos; i Veinte pesos diarios a los que tengan sueldos superiores a quince mil pesos.