Texto oficial
Artículo único.- Autorízase al Presidente de la República para invertir hasta la suma de cien mil pesos ($100,000) en el cumplimiento de sentencias judiciales dictadas contra el Ministerio de Marina.
Lei num. 3,741, que concede fondos para pagar sentencias judiciales dictadas contra el ministerio de marina.
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24218 / 5956880.