Texto oficial
1.- Establécese como medida de gestión de tránsito
permanente la utilización exclusiva de las calzadas
centrales del "Eje Avenida Los Pajaritos-Gladys Marín
Millie", para la circulación de buses de transporte
público urbano de pasajeros, en adelante, el "corredor
exclusivo buses". Dicha exclusividad, se aplicará en los
tramos del referido corredor, atendido a los sentidos de
tránsito correspondientes, que se indican en el siguiente
cuadro:
Desde Hasta Sentido de
calzada
exclusiva
Calle
Manuel
Rivas Caletera Av.
Vicuña Américo Santiago-Maipú
Vespucio
Presidente
de Gaulle Rey Gustavo
Adolfo Maipú-Santiago
Excepcionalmente, podrán también circular en el
referido "corredor exclusivo buses" los vehículos de
emergencia, los de Gendarmería de Chile, los móviles
adscritos al Departamento de Fiscalización del Ministerio
de Transportes y Telecomunicaciones, que se encuentren
desempeñando labores de control y los vehículos
municipales destinados a cumplir funciones de seguridad
ciudadana, que se encuentren debidamente identificados.
Del mismo modo, entre el 20 de octubre y el 30 de
noviembre de 2023, podrán circular por estas pistas de uso
exclusivo los vehículos destinados a prestar servicios de
transporte para los XIX Juegos Panamericanos y VII
Parapanamericanos Santiago 2023, debidamente identificados
como tales por el Comité Organizador
2.- Elimínase en el numeral 2º del resuelvo de la
resolución exenta Nº 966, de 18 de marzo de 2005, de esta
Secretaría Regional, la letra d) "Eje Av. Pajaritos" con su
respectivo cuadro, pasando la actual letra e),
correspondiente al "Eje Irarrázaval", a ser letra d).
3.- Carabineros de Chile, inspectores municipales e
inspectores del Ministerio de Transportes y
Telecomunicaciones, fiscalizarán el estricto cumplimiento
de la medida precedentemente descrita.
4.- La presente resolución entrará en vigencia a
contar de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.