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Artículo UNICO de la Ley 3.783 · Lei num. 3,783, que concede derecho a jubilar a don temistocles urrutia.

Lei num. 3,783, que concede derecho a jubilar a don temistocles urrutia.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24242 / 5956990.

Texto oficial

Artículo único.- Concédese, por gracia, a don Temístocles Urrutia, el derecho de jubilar con el sueldo íntegro que corresponde al puesto de Inspector Jeneral de Colonizacion e Inmigracion, que desempeña actualmente, sin perjuicio del retiro militar de que disfruta.