Texto oficial
Art. 3.° Se autoriza a la Empresa de los Ferrocarriles del Estado para ceder a la Junta del Camino Plano entre Valparaiso i Viña del Mar los terrenos necesarios para la ejecucion de dicho camino, de acuerdo con los planos aprobados por la referida Junta.
Facúltase a la Junta nombrada para renunciar definitiva i perpétuamente al cobro de la contribucion de pavimentacion que deberia pagar la Empresa de los Ferrocarriles del Estado en toda la estension del camino.
Autorízase a la misma Junta para invertir la suma de doscientos mil pesos ($ 200,000) en indemnizar a la Empresa de los Ferrocarriles del Estado los perjuicios que se le causen por demolicion de edificios, cierros i muros de sostenimiento, reconstruccion de los mismos i de las vías i traslacion de maquinarias i materiales.
El acuerdo que se produzca con motivo de las disposiciones establecidas en los tres incisos anteriores, deberá reducirse a escritura pública i archivarse en el Conservador de Bienes Raices de Valparaiso, conjuntamente con un plano esplicativo de los terrenos que cede la Empresa de los Ferrocarriles del Estado.