Texto oficial
Art. 1. En conformidad a la ley Nº 18.916 que aprueba
el Código Aeronáutico; y de la ley Nº 16.752 que fija
organización y funciones y establece disposiciones
generales de la Dirección General de Aeronáutica Civil, le
corresponde a este Servicio fundamentalmente la dirección y
administración de los aeródromos públicos y de los
servicios destinados a la ayuda y protección de la
navegación aérea. Su misión es:
"Normar y fiscalizar la actividad aérea que se
desarrolla dentro del espacio aéreo controlado por Chile y
aquella que ejecutan en el extranjero empresas aéreas
nacionales; desarrollar la infraestructura aeronáutica; y
prestar servicios de excelencia de navegación aérea,
meteorología, aeroportuarios y seguridad operacional, con
el propósito de garantizar la operación del Sistema
Aeronáutico en forma segura y eficiente".