Texto oficial
Art. 26. Funciones específicas:
a.- Asesorar al Director General en todas aquellas materias
que se relacionen con la prevención e investigación de
accidentes y de la trasgresión a la legalidad aeronáutica
vigente.
b.- Gestionar en materias de su competencia, y en
concordancia con los objetivos y políticas institucionales,
con los organismos gubernamentales y con los usuarios del
sistema aeronáutico.
c.- Proponer políticas, definir objetivos funcionales y
elaborar procedimientos e informes de su ámbito de acción,
para contribuir a la planificación, toma de decisiones y
control de las actividades institucionales.
d.- Evaluar permanentemente el quehacer aeronáutico,
determinando áreas, actividades, condiciones o acciones que
representen riesgos a la seguridad, para poder contribuir
con medidas eficaces destinadas a evitar la ocurrencia de
accidentes e incidentes.
e.- Elaborar planes y programas de prevención de
accidentes del ámbito aeronáutico a ser aplicados por los
usuarios externos e internos.
f.- Mantener un contacto estrecho con los usuarios para
conocer las posibles acciones y condiciones riesgosas y
poder contribuir en conjunto con los esfuerzos para evitar
la ocurrencia de incidentes y accidentes.
g.- Incorporar los resultados de las investigaciones de
incidentes y accidentes en los planes y programas de
prevención.
h.- Investigar los accidentes e incidentes de aeronaves
destinadas a los servicios de policía o aduana y civiles de
cualquier nacionalidad que ocurran en territorio chileno y
los que sufran aeronaves chilenas en aguas o territorios no
sujetos a otras soberanías, proponiendo las acciones
destinadas a evitar su repetición.
i.- Cooperar cuando así se solicite, en la investigación
de accidentes de aeronaves civiles chilenas que realicen
otros Estados por corresponderle.
j.- Suprimida.
k.- Mantener un registro estadístico de accidentes,
incidentes e infracciones a fin de contar con una base de
datos que permita proporcionar información tanto para la
prevención de accidentes como para evitar la trasgresión a
la normativa aeronáutica.
l.- Mantener un archivo de la documentación relacionada
con las investigaciones de accidentes, incidentes e
infracciones.
m.- Ejercer las atribuciones legales delegadas por el
Director General de Aeronáutica Civil.
n.- Administrar los recursos humanos, materiales,
financieros e informáticos bajo su responsabilidad, velando
por su empleo eficiente y oportuno.
ñ.- Determinar los requerimientos de capacitación de su
personal, considerando las necesidades del servicio y de
desarrollo profesional.