Texto oficial
Art. 30. Funciones específicas:
a.- Asesorar al Director General en todas las materias del
quehacer institucional.
b.- Gestionar y coordinar en materias de su competencia, y
en concordancia con los objetivos y políticas
institucionales, con los departamentos internos, los
organismos gubernamentales y con los usuarios del sistema
aeronáutico.
c.- Elaborar y proponer objetivos y políticas
institucionales que permitan orientar el desarrollo de las
actividades de la DGAC, en el ámbito nacional e
internacional.
d.- Verificar que el Plan de Desarrollo institucional sea
coherente con las políticas y planes nacionales que dicen
relación con el poder aéreo y el control y vigilancia del
espacio aéreo.
dd.- Certificar los aeropuertos y aeródromos públicos
conforme al Decreto Supremo Nº 173 de 2005, del Ministerio
de Defensa Nacional, DAR 14.
e.- Elaborar planes y programas institucionales, y
controlar el cumplimiento de las tareas asignadas en la
Directiva Anual de Actividades.
f.- Determinar las necesidades de instrucción
institucional en coordinación con las distintas áreas
funcionales de la DGAC visando la directiva de instrucción
anual.
g.- Determinar e incorporar a la planificación las
necesidades de recursos humanos, materiales, financieros y
de información que requiera la DGAC. para cumplir los
objetivos institucionales.
h.- Determinar la asignación de recursos para la
elaboración del Anteproyecto de Presupuesto Anual
Institucional y controlar su cumplimiento, conforme a los
objetivos de la Institución.
i.- Verificar el cumplimiento de los acuerdos de la Junta
de Aeronáutica Civil que incidan en las funciones de la
DGAC.
j.- Evaluar los proyectos que requiera la Institución para
su funcionamiento y desarrollo, determinando las prioridades
de inversión. Además, controlar el cumplimiento de los
programas definidos para cada uno de los proyectos en
ejecución.
k.- Coordinar con los organismos sectoriales de los
ministerios que corresponda, la asesoría técnica en el
marco de los estudios, proyección, construcción,
mantenimiento, reparación y mejoramiento de los aeródromos
y de sus edificios o instalaciones.
l.- Planificar las acciones que permitan, en materia de
certificación de aeródromos y facilitación aeroportuaria,
contribuir a la seguridad, regularidad y eficacia en la
entrega de los servicios aeronáuticos y aeroportuarios.
m.- Prestar asesoría para informar al Ministerio de
Planificación Nacional y a los organismos sectoriales del
Ministerio de Obras Públicas, sus planes, programas y
proyectos específicos, para la elaboración de los planes
generales y programas anuales de infraestructura de
aeronáutica civil, comprendidas todas las obras,
instalaciones o servicios que la complementan.
n.- Controlar el cumplimiento de las políticas y acciones
de vigilancia y manejo medio ambiental relacionadas con la
aviación civil.
ñ.- Determinar y controlar las acciones que permitan
cumplir con los estándares internacionales para alcanzar y
mantener la certificación de los aeródromos del país.
o.- Coordinar con la Fuerza Aérea de Chile los aspectos de
la planificación de la DGAC, que involucran el control y
vigilancia del espacio aéreo y el desarrollo de la
infraestructura aeroportuaria.
p.- Proponer la estructura y desarrollo del espacio aéreo
controlado por Chile.
q.- Efectuar permanentemente el análisis organizacional
institucional, de manera de incorporar las modificaciones
que permitan optimizar la gestión.
r.- Efectuar un control permanente de la gestión de los
procesos funcionales, a base de indicadores de desempeño,
de manera de detectar oportunamente las desviaciones y
disponer las acciones correctivas.
s.- Elaborar y controlar el Programa de Mejoramiento de la
Gestión y los convenios y compromisos gubernamentales que
se suscriban.
t.- Elaborar la estadística institucional que permita
conocer tendencias e inferir probabilidades, que faciliten
la planificación y toma de decisiones.
u.- Asesorar en la proposición o en la adopción, según
corresponda, de las normas, métodos recomendados y
procedimientos internacionales, aprobados por la
Organización de Aviación Civil Internacional y por la
Organización Meteorológica Mundial.
v.- Elaborar, armonizar y actualizar la normativa
aeronáutica que la Institución requiere para fiscalizar la
actividad aeronáutica y contribuir a que ella se efectúe
con seguridad y expedición.
w.- Elaborar y actualizar la normativa interna de carácter
administrativo que la Institución requiere para su
funcionamiento.
x.- Determinar las áreas de interés institucional en las
actividades técnicas aeronáuticas internacionales, a
objeto de planificar la participación y asistencia de los
representantes ante los congresos, conferencias y reuniones
internacionales.
y.- Coordinar la realización de eventos y visitas que
ejecuten organismos y representantes aeronáuticos
internaciones en el país.
z.- Presidir los Comités Normativo y de Investigación de
Accidentes y de Infracciones Aeronáuticas.
aa.- Ejercer las atribuciones legales delegadas por el
Director General de Aeronáutica Civil.
bb.- Administrar los recursos humanos, materiales,
financieros e informáticos bajo su responsabilidad, velando
por su empleo eficiente y oportuno.
cc.- Determinar los requerimientos de capacitación de su
personal, considerando las necesidades del Servicio y de
desarrollo profesional.