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Artículo 44 (DEL NUM. Nº1) del Decreto 222

Aprueba reglamento orgánico y de funcionamiento de la direccion general de aeronautica civil

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 242633 / 8189188.

Texto oficial

Artículo 44: Función Básica: Certificar y fiscalizar a las empresas aéreas que realizan operaciones de transporte aéreo con aeronaves que tengan una capacidad de hasta 19 pasajeros; a todas las que realizan trabajos aéreos y a las operaciones de la aeronáutica no comercial. Lo anterior, incluye a empresas aéreas que operan en Chile, nacionales o extranjeras; a todas las aeronaves que operan en el territorio nacional, independiente de su matrícula y a empresas aéreas chilenas y aeronaves de matrícula chilena que operan en el extranjero.