Texto oficial
Art. 66. Función básica: Materializar la gestión
aeronáutica en el área comprendida entre los paralelos
28°30'00"S y 38°30'00"S, y materializar la administración
de los recursos puestos a su disposición, con el objeto de
lograr que las actividades aéreas se realicen con seguridad
y eficiencia. Además, administrar y fiscalizar el sistema
de concesiones y servicios fuera del área concesionada por
el Ministerio de Obras Públicas en los aeródromos de su
dependencia, que corresponda.