Texto oficial
Art. 70. Función básica: Materializar la gestión
aeronáutica en el área comprendida entre los paralelos
47°00'00"S y hasta el Polo Sur, y materializar la
administración de los recursos puestos a su disposición,
con el objeto de lograr que las actividades aéreas se
realicen con seguridad y eficiencia. Además, administrar y
fiscalizar el sistema de concesiones y servicios fuera del
área concesionada por el Ministerio de Obras Públicas en
los aeródromos de su dependencia que corresponda.