Texto oficial
Art. 88. Función básica: Formar, perfeccionar y
capacitar a profesionales, técnicos y especialistas, en el
ámbito aeronáutico requeridos por la Institución,
otorgando los títulos diplomas u otros certificados que
correspondan. Además, le corresponde realizar actividades
de investigación y extensión tendientes a actualizar y
difundir los conocimientos relacionados con la aeronáutica,
tanto a nivel institucional como extrainstitucional.