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Artículo 108 (DEL NUM. Nº1) del Decreto 222

Aprueba reglamento orgánico y de funcionamiento de la direccion general de aeronautica civil

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 242633 / 8189311.

Texto oficial

Art. 108 Funciones Específicas a.- Asesorar al Director General en todas aquellas materias que se relacionen con la gestión comercial institucional. b.- Llevar a cabo los procesos de análisis, valorización, facturación, recaudación y cobranzas de la totalidad de los servicios que proporciona la institución. c.- Proponer el otorgamiento de concesiones o la celebración de arrendamientos u otra clase de contratos en los aeródromos sometidos a la administración institucional, como asimismo en los terrenos e instalaciones que le hayan sido destinados. d.- Elaborar la proyección de ingresos operacionales de la DGAC. e.- Determinar, analizar y difundir los costos de los servicios y productos que presta la institución. f.- Administrar los recursos bajo su responsabilidad, velando por su empleo eficiente y oportuno. g.- Mantener actualizada la normativa bajo sus áreas de responsabilidad.