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Artículo 116 (DEL NUM. Nº1) del Decreto 222

Aprueba reglamento orgánico y de funcionamiento de la direccion general de aeronautica civil

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 242633 / 8189319.

Texto oficial

Art. 116 Funciones Específicas a.- Asesorar al Director General en todas aquellas materias que se relacionen con la gestión de TICs Institucional. b.- Establecer los lineamientos institucionales para el desarrollo tecnológico y la gestión de TICs para todas las unidades de la DGAC. c.- Coordinar y controlar en forma centralizada el desarrollo y mantenimiento de los sistemas informáticos, los proyectos de desarrollo de la infraestructura tecnológica y de servicios soportados con TICs. d.- Gestionar el soporte del recurso tecnológico informático en apoyo de las actividades operativas de la Institución. e.- Administrar el desarrollo y mantenimiento de hardware, software y los sistemas informáticos a nivel nacional. f.- Gestionar la innovación e investigación en materias de TICs. g.- Administrar los recursos materiales, financieros e informáticos y ejercer la gestión de las personas, bajo su responsabilidad, velando por su empleo eficiente y oportuno. h.- Mantener actualizada la normativa bajo su área de responsabilidad.