Texto oficial
ART. 7.° Esta lei comenzará a rejir desde su publicacion en el Diario Oficial.
Lei num. 3,820, que autoriza la contratacion de un emprestito por $ 80.000,000 en billetes i otro por l 1.500,000
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24270 / 7167346.