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Artículo UNICO de la Ley 3.847

Lei num. 3,847, que autoriza a la junta de beneficencia de iquique para invertir una cantidad depositada en la caja de ahorros en la construccion de un pabellon de maternidad.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24291 / 8276778.

Texto oficial

ARTICULO UNICO.- Autorízase a la Junta de Beneficencia de Iquique para invertir la suma de setenta i ocho mil seiscientos cuarenta i tres pesos noventa centavos ($ 78,643.90) que se encuentra depositada en la Caja Nacional de Ahorros de esa ciudad, en continuar la construccion del pabellon de maternidad, anexo al Hospital de Iquique.