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Artículo UNICO de la Ley 14.926 · Concede pension, por gracia, a don nocedal del carmen encina bastias

Concede pension, por gracia, a don nocedal del carmen encina bastias

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 243069 / 6544575.

Texto oficial

Artículo único.- Concédese, por gracia, a don Nocedal del Carmen Encina Bastías una pensión de Eº 15,- mensuales. El gasto que demande esta ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.