Texto oficial
Artículo único.- Concédese, por gracia, a don Nocedal del Carmen Encina Bastías una pensión de Eº 15,- mensuales.
El gasto que demande esta ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
Concede pension, por gracia, a don nocedal del carmen encina bastias
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