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Artículo 10 transitorio de la Ley 20.065 · Modernizacion, regulacion orgánica y planta del personal del servicio medico legal

Modernizacion, regulacion orgánica y planta del personal del servicio medico legal

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 243150 / 8721429.

Texto oficial

Artículo 10.- El mayor gasto que represente la aplicación de esta ley, será financiado con los recursos contemplados en el Presupuesto del Servicio Médico Legal. No obstante lo anterior, el Ministerio de Hacienda, con cargo al ítem 50-01-03-25-33.104 de la partida Tesoro Público, podrá, adicionalmente, suplementar el respectivo presupuesto, en la parte de dicho gasto que no pudiere financiarse con sus recursos.".