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Artículo UNICO de la Ley 3.883

Lei num. 3.883, que prorroga los efectos de la lei que prohibe la manifestacion de sustancias minerales por particulares en terrenos fiscales o municipales que tengan depositos de nitratos o de sales amoniacales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24319 / 5957349.

Texto oficial

ARTICULO UNICO.- Prorróganse hasta el 1 de Diciembre del presente año los efectos de la lei núm. 3,413, de 4 de Setiembre de 1918. La presente lei rejirá desde su publicacion en el Diario Oficial.