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Artículo UNICO de la Ley 3.886

Lei núm. 3.886, que autoriza al presidente de la república para fijar la fecha de las elecciones de municipales en la comuna de galvarino

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24321 / 8276793.

Texto oficial

ARTICULO UNICO._ Autorízase al Presidente de la República para fijar dia, dentro de los treinta siguientes a la fecha de la publicacion de la presente lei en el Diario Oficial, para que se verifiquen elecciones de municipales en la Comuna de Galvarino, departamento de Llaima.