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Artículo 7 de la Ley 20.062

Regulariza situacion de ocupaciones irregulares en borde costero de sectores que indica, e introduce modificaciones al decreto ley nº 1.939, de 1977

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 243331 / 7324483.

Texto oficial

Artículo 7º.- Notificada la resolución que declara factible la transferencia, el ocupante tendrá derecho a iniciar la tramitación de la misma dentro del plazo de 90 días, contados desde la notificación de la referida resolución. Vencido este plazo, el solicitante no podrá hacer uso de este beneficio y deberá sujetarse a las normas ordinarias sobre la materia.