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Artículo UNICO de la Ley 3.907

Lei num. 3,907, que prorroga los efectos de la lei que prohibe la manifestacion de sustancias minerales por particulares en terrenos fiscales o municipales que tengan depositos de nitratos o de sales amoniacales.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24338 / 5957435.

Texto oficial

ARTICULO UNICO.- Prorróganse hasta el 31 de Diciembre de 1924, las disposiciones de las leyes núms. 3,413, de 4 de Setiembre de 1918, i 3,655, de 6 de Setiembre de 1920. Esta lei rejirá desde su publicacion en el Diario Oficial.