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Artículo UNICO de la Ley 3.916

Lei num. 3,916, que modifica la lei que autorizo la contratacion de un emprestito para la municipalidad de concepcion en el sentido de que una parte de el se destinara a la construccion de un estadio.

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 24347 · idParte: 8276830

Texto oficial

ARTICULO UNICO.- Modifícase el inciso 7.° del artículo 1.° de la lei núm. 2,808, de 16 de Setiembre de 1913, en los siguientes términos: Un tres sesenta i seis por ciento en la construccion de un estadio en la ciudad de Concepcion o entre ésta i la de Talcahuano, debiendo correr con la inversion de dichos fondos la Municipalidad de Concepcion.