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Artículo 5 de la Ley 3.918

Ley 3.918

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24349 / 8784582.

Texto oficial

ART. 5° Esta lei rejirá desde la fecha de su publicacion en el Diario Oficial.