Texto oficial
ARTICULO UNICO.- Autorízase al Presidente de la República para invertir hasta la suma de un millon de pesos ($ 1.000,000), en los gastos que demande la celebracion de la próxima Conferencia Pan-Americana de Santiago.
Lei num. 3,920, que autoriza la inversion de $ 1.000,000 en los gastos que demande la celebracion de la conferencia pan-americana de santiago
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