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Artículo UNICO de la Ley 3.971 · Lei num. 3,971, que cede un terreno al cuerpo de bomberos de rancagua

Lei num. 3,971, que cede un terreno al cuerpo de bomberos de rancagua

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24375 / 8276868.

Texto oficial

ARTICULO UNICO.- Cédese al Cuerpo de Bomberos de Rancagua el sitio núm. VI del plano de los terrenos de la Escuela Profesional de Niñas de esa ciudad, a fin de que construya en ellos los edificios necesarios para sus servicios. En caso de liquidarse dicho Cuerpo de Bomberos o de destinar el terreno cedido a otros fines que los de sus propios servicios, volverá al Estado la propiedad por ministerio de la lei.