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Artículo 23 del Decreto 1199

Aprueba el reglamento de las concesiones sanitarias de produccion y distribucion de agua potable y de recoleccion y disposicion de aguas servidas y de las normas sobre calidad de atencion a los usuarios de estos servicios

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 243794 / 8661577.

Texto oficial

Artículo 23º Dentro de los 120 días siguientes a la publicación del extracto, se llevará a cabo el acto público a que se refiere la Ley. La Superintendencia dictará una Resolución citando a dicho acto público a todos los postulantes cuyas solicitudes se acogieron a trámite. La citación deberá hacerse, a lo menos, 30 días antes de la fecha fijada para el acto. La Resolución designará una Comisión de funcionarios para la apertura y recepción de los antecedentes. El acto público tendrá por objeto hacer entrega de los antecedentes solicitados en la Resolución de citación a que se refiere el inciso anterior. En el acto público la Superintendencia no emitirá ningún juicio sobre la información recibida, limitándose a dejar constancia en el acta de los documentos entregados y de las observaciones formuladas.