Texto oficial
Artículo 49°
Cuando la Superintendencia tome la decisión de llamar a licitación pública para el otorgamiento de nuevas concesiones, dicha entidad publicará el aviso de llamado a licitación, por una vez, en el Diario Oficial y en un diario de circulación en la región en que se encuentre el área a licitar.
El aviso indicará, a lo menos, las concesiones que se licitan, las áreas geográficas de atención y demás antecedentes que la entidad normativa estime menester, especialmente, para asegurar una licitación en igualdad de condiciones y donde las ofertas sean comparables.
Las ofertas de los licitantes deberán efectuarse en el día, hora y lugar señalado por la Superintendencia y, en todo caso, dentro del plazo de 60 días contados desde la fecha de la publicación indicada en este artículo. La solicitud u oferta deberá cumplir con todos los requisitos mencionados en el aviso y debe incluir una garantía de seriedad de la oferta de acuerdo a lo establecido en el artículo 16º del Reglamento.