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Artículo 52 del Decreto 1199

Aprueba el reglamento de las concesiones sanitarias de produccion y distribucion de agua potable y de recoleccion y disposicion de aguas servidas y de las normas sobre calidad de atencion a los usuarios de estos servicios

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 243794 / 8661617.

Texto oficial

Artículo 52º La Superintendencia examinará las solicitudes, verificando el cumplimiento de los requisitos establecidos para su presentación, procediendo a acogerlas a trámite, rechazarlas u observarlas, según el caso. En el evento de que una solicitud no sea acogida a trámite, el solicitante tendrá un plazo de 10 días para su reformulación o corrección. La no presentación dentro de dicho término, significará que se desiste de su postulación. Dentro de los 120 días siguientes a la última publicación del aviso de licitación, se llevará a cabo el acto público a que se refiere la Ley. La Superintendencia citará a dicho acto público, a todos los postulantes cuya solicitud acogió a trámite, especificando los antecedentes a presentar por los postulantes.