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Artículo 71 del Decreto 1199

Aprueba el reglamento de las concesiones sanitarias de produccion y distribucion de agua potable y de recoleccion y disposicion de aguas servidas y de las normas sobre calidad de atencion a los usuarios de estos servicios

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 243794 / 8661646.

Texto oficial

Artículo 71º La entidad normativa podrá declarar desierta la licitación, si no hubiese interesados o los que se presentaron no cumplieran con las bases de la licitación o con el precio mínimo o de reserva que determine dicha autoridad, en cada caso y según el estudio pertinente. En este caso, se llamará a una nueva licitación, para lo cual se podrán modificar las bases establecidas anteriormente.