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Artículo UNICO de la Ley 14.957

Concede por gracia, a doña adela gazmuri dueñas el derecho a reajustar su pension de jubilacion

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 243940 / 6548276.

Texto oficial

Artículo único.- Concédese, por gracia, a doña Adela Gazmuri Dueñas el derecho a reajustar su pensión de jubilación al monto que corresponda o correspondiere en el futuro al cargo que desempeñaba al momento de su jubilación. El gasto que demande esta ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.